En los últimos años se ha intensificado el debate entre la línea de pensamiento de la Escuela de Chicago ―defensores de una intervención mínima en los mercados por parte de las autoridades― y los “neobrandesianos”, que abogan por un derecho de la competencia económica entrelazado con objetivos sociales como, por ejemplo, la desigualdad económica, la preservación de la democracia, la protección de los mercados laborales, el cambio climático o la desigualdad de género.
Sin perjuicio del debate sobre si las autoridades deberían o no tener en cuenta estos objetivos en la aplicación de la política de competencia, lo cierto es que la falta de competencia en los mercados afecta particularmente a las mujeres. En 2017, Sally Hubbard señalaba que los monopolios empeoraban la desigualdad de género porque el poder de mercado obstaculiza la igualdad de oportunidades en el mercado laboral y, por tanto, al ganar menos, las mujeres se ven más perjudicadas (y esto, de manera más acentuada aún en el caso de las mujeres racializadas). Asimismo, la falta de competencia afecta a las mujeres desde otras perspectivas; como empresarias, al enfrentarse a restricciones y desincentivos ocultos como la dificultad de las mujeres para acceder a financiamiento para emprender, o como consumidoras, cuando son víctimas de discriminación de precios (por el denominado impuesto rosa o pink tax).
En esta misma línea, según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), en México existe una brecha de ingresos del 14% en favor de los hombres; cifra que, además, tiene como trasfondo que la mayoría de las mujeres no acceden a la economía remunerada. Dado que las prácticas anticompetitivas tienden a generar costos en los mercados (por ejemplo, aumentos de precios), los grupos con menor poder adquisitivo se ven afectados en mayor medida por estas prácticas. Así, cuando no hay competencia en los mercados se amplifica la desigualdad existente y, por ende, se intensifica la desigualdad de género.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Oficina Canadiense de la Competencia publicaron en septiembre de 2023 los resultados de años de investigación sobre la intersección entre competencia y género con el fin de determinar si ciertos enfoques de la normativa y política de competencia podían contribuir a reducir la brecha de género y ofrecer una política competencia más efectiva. En este contexto, desarrollaron las “Herramientas para una política de competencia con perspectiva de género”, orientaciones para las agencias de competencia con recomendaciones sobre cómo mejorar la precisión de sus análisis, facilitar las investigaciones sobre cárteles y optimizar sus esfuerzos de promoción, y desarrollar una Política de Competencia Inclusiva de Género de la OCDE.
Si bien la política de competencia se ha considerado históricamente como neutra, desde el punto de vista del género ―considerándose a los consumidores como grupos homogéneos y a las empresas como medios de maximización de beneficios para sus propietarios―, la investigación de la OCDE resalta la necesidad de analizar el papel de las mujeres en las empresas y sus experiencias como consumidoras.
En México, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) ya ha incorporado la perspectiva de género en su análisis. En uno de sus expedientes más mediáticos, el expediente IO-002-2018, COFECE impuso sanciones en el sector del fútbol, entre otras conductas, por un acuerdo para fijar un tope máximo a los salarios de las jugadoras, lo que eliminó la competencia entre clubes para contratarlas con una mejor remuneración y profundizó la brecha salarial por razón de género, imponiendo de manera artificial un techo de cristal.
A su vez, en el expediente IO-004-2017, la COFECE analizó una colusión para incrementar los precios de venta de pañales, productos sanitarios para las personas menstruantes y productos para la incontinencia. La COFECE sancionó a los agentes económicos involucrados por manipular esos precios en vez de competir, afectando principalmente al bolsillo de las mujeres.
Al incorporar la perspectiva de género en su trabajo, las autoridades de competencia tienen el potencial de contribuir a cerrar la brecha de género, mientras mejoran la efectividad e impacto de sus acciones y fomentan un crecimiento económico más resiliente e inclusivo.
Referencias:
Ver “Escuelas de libre competencia a la luz de la economía moderna: Chicago, Post-Chicago y Neobrandesianos”, CeCo, disponible en: https://centrocompetencia.com/escuelas-libre-competencia-economia-moderna-chicago-neobrandesianos/.
Ver Hubbard, S. (2017), How Monopolies Make Gender Inequality Worse, Forbes, disponible en: https://www.forbes.com/sites/washingtonbytes/2017/12/20/how-monopolies-make-gender-inequality-worse-and-concentrated-economic-power-harms-women/?sh=712509c91b11. “After all, sexism and monopolization have a lot in common. Sexism wrongfully excludes women and deprives them of equal opportunity to compete on a level playing field, just like monopolies do to startups and smaller firms. Sexism excludes less powerful competitors, prevents competition on the merits, and tilts the scales in favor of the powerful. The glass ceiling is just another cartel.”
Ver Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (2019), “¿Conoces el impuesto rosa o pink tax?”, disponible en: https://www.gob.mx/condusef/prensa/conoces-el-impuesto-rosa-o-pink-tax.
Ver IMCO (2022), “BRECHA SALARIAL DE GÉNERO”, disponible en: https://imco.org.mx/brecha-salarial-de-genero/.
Ver OECD (2023), Herramientas para una política de competencia con perspectiva de género, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/c00dcb4c-es.
Ver COFECE (2021), “COFECE sanciona a 17 clubes de la Liga MX, a la Federación Mexicana de Futbol y 8 personas físicas por coludirse en el mercado de fichaje de las y los futbolistas”, disponible en: https://www.cofece.mx/cofece-sanciona-a-17-clubes-de-la-liga-mx-a-la-federacion-mexicana-de-futbol-y-8-personas-fisicas-por-coludirse-en-el-mercado-de-fichaje-de-las-y-los-futbolistas/.
Ver COFECE (2021), “COFECE sanciona a diversas empresas y personas físicas por coludirse en el mercado de pañales para bebé, productos para la protección sanitaria femenina y para incontinencia”, disponible en: https://www.cofece.mx/cofece-sanciona-a-diversas-empresas-y-personas-fisicas-por-coludirse-en-el-mercado-de-panales-para-bebe-productos-para-la-proteccion-sanitaria-femenina-y-para-incontinencia/.
Sobre las autoras:
Julia Fuentes Andersson es asociada del área de competencia económica de Ritch Mueller.
Marta Loubet Mezquita es asociada senior del área de competencia económica de Ritch Mueller.
*Este artículo es publicado bajo la responsabilidad exclusiva de sus autoras y no necesariamente refleja la posición de Abogadas MX.