
En marzo de 2019, la Selección Femenil de fútbol de EEUU interpuso una acción colectiva en contra de la Federación de Fútbol de los Estados Unidos, su empleador, por discriminación con base en género en contravención a la Ley de Pago Igualitario y del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Esto, luego de que en 2016, se presentara una queja ante la Comisión de Oportunidades de Trabajo Igualitario federal y en 2017, se renegociara el contrato colectivo de trabajo del equipo.
La Ley de Pago Igualitario prohíbe por regla general, la discriminación en salario con base en el sexo entre hombres y mujeres que trabajan en el mismo establecimiento y que realizan trabajos que requieren habilidad, esfuerzo y responsabilidad sustancialmente iguales bajo condiciones similares de trabajo. Por otro lado, el Título VII considera una “práctica laboral ilegal” el que un empleador “discrimine contra cualquier individuo respecto de su compensación, términos, condiciones o privilegio de empleo” o “limite, segregue o clasifique a empleados de cualquier manera que les prive o les pueda privar de oportunidades de empleo, o afecte adversamente su estatus como empleados de cualquier otra manera”, en ambos casos, debido entre otros, a su sexo.
La Selección argumentó que la Federación utilizó “estereotipos de género” al determinar cuánto pagarles a las jugadoras, y que la federación no les ofreció condiciones igualitarias, sino un esquema que implicaba una compensación menor a la del equipo varonil. Curiosamente, en 2020, en uno de los documentos presentados dentro del proceso, los abogados de la Federación indicaron que “el trabajo de un jugador de la selección varonil requiere una habilidad materialmente diferente y una mayor responsabilidad que el trabajo de las Demandantes”, lo que generó indignación pública y que la Federación reemplazara a sus entonces abogados por el despacho Latham & Watkins.
En general, la Federación sostenía que la estructura de pagos para la Selección Femenil era distinta debido a que ellas solicitaron específicamente una negociación y un contrato distinto del de la selección varonil, pero que en algunos casos, la Selección Femenil ganaba más que la selección varonil. La defensa contra argumentó que ellas aceptaron esas condiciones desconociendo que al equipo varonil se les ofrecía un mejor trato, y más bien negociando las mejores condiciones posibles para ellas.
De acuerdo con un análisis realizado por el Washington Post (2019), cuando las jugadoras de la Selección Femenil ganaron lo mismo o más, se debió a que se desempeñaban de manera extraordinaria a nivel internacional, pero incluso en ese supuesto, ganar lo mismo que su contraparte masculina era casi imposible bajo el contrato colectivo de trabajo previo a 2017.
En febrero de 2022, las partes emitieron un comunicado conjunto (ussoccer.com) anunciando haber llegado a un acuerdo, el cual es contingente a que se negocie un nuevo contrato colectivo de trabajo. El acuerdo implica un pago de USD$24’000,000 y el compromiso de la Federación de una tasa igualitaria de pago entre ambas selecciones en el futuro.
En México, las cosas son todavía más desiguales. En 2021, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) publicó un comunicado en donde señala que sancionaría con multas que suman en conjunto MX$177’600,000, a 17 clubes de la Liga MX, a la Federación Mexicana de Fútbol y a ocho personas físicas por coludirse en el mercado de fichaje de las y los futbolistas.
COFECE identificó que desde la creación de la Liga MX Femenil en 2016, diversos clubes acordaron el establecimiento de un tope salarial mensual en función de tres categorías: las mayores de 23 años ganarían un máximo de MX$2,000, las menores de 23 años, MX$500 más un curso para su formación personal y las jugadoras de la categoría Sub-17 no tendrían ingresos, pero podrían tener apoyo en transporte, estudios y alimentación.
En la temporada 2018-2019, mediante un comunicado de la Liga MX Femenil se informó a los clubes que el tope salarial máximo sería de MX$15,000 y sólo cuatro de sus jugadoras podrían ganar por arriba de tal monto, además de que los apoyos en especie no podrían superar los $50,000 por torneo.
El primer tope a las remuneraciones de las futbolistas fue parte de la presentación del proyecto de la Liga MX Femenil y fue aprobado por el Comité de Desarrollo Deportivo de la Liga MX. Adicionalmente, la Federación emitió comunicados para persuadir a los clubes a cumplir con el tope salarial, realizando además labores para verificar su cumplimiento.
En contraposición, los futbolistas hombres de la Liga MX ganan hasta MX$3’800,000 mensuales.
Cuando se le cuestionó a las jugadoras por qué la aceptaban, Balbina Treviño, exportera del Monterrey y Necaxa respondió que, lo hacía porque era la condición para jugar fútbol de forma profesional.
Contrasta que mientras que en EEUU se ejercen recursos legales en búsqueda de un pago igualitario, en México se imponen topes salariales en montos muy bajos. Si bien es cierto que los salarios están relacionados de patrocinios, audiencias y derechos de televisión y premios otorgados en competiciones por la FIFA, es decir, por los ingresos generados por los equipos, se debería cuestionar cuáles son las condiciones que hacen que el fútbol femenil sea menos atractivo, como por ejemplo, calidad del equipo de entrenamiento, medios y horarios de transmisión de los partidos y complejos en donde se juega.
Referencias:
1.https://www.eeoc.gov/statutes/equal-pay-act-1963
2. 78 Stat. 241 de 1964. Civil Rights Act of 1964. 2 de julio de 1964. D.O.
3.Mahita Gajanan (agosto, 2019; actualizado en febrero, 2020). The USWNT Seeks Nearly $67 Million in Damages In Equal Pay Lawsuit Against U.S. Soccer. Here’s What to Know About the Case. Time. https://time.com/5653250/uswnt-equal-pay-lawsuit/
4. “Defendant’s Memorandum of Points and Authorities in Opposition to Plaintiffs’ Motion for Partial Summary Judgment” disponible en: https://storage.courtlistener.com/recap/gov.uscourts.cacd.739234/gov.uscourts.cacd.739234.186.0.pdf
5. Megham Tribe (marzo de 2020). Latham & Watkins Steps In for U.S. Soccer After Filing Backlash. Bloomberg Law. https://news.bloomberglaw.com/us-law-week/latham-watkins-steps-in-for-u-s-soccer-after-filing-backlash
6. Andrea Nix Fine y Sean Fine (Directores). (2021). LFG [Documental]. Everywoman Studios y CNN Films.
7. Meg Kelly (julio, 2019). Fact Checker. Analysis. Are U.S. women’s soccer players really earning less than men? The Washington Post. https://www.washingtonpost.com/politics/2019/07/08/are-us-womens-soccer-players-really-earning-less-than-men/?noredirect=on
12. Ana Grimaldo (octubre de 2021). La brecha salarial en el futbol femenil tiene a las jugadoras “cenando agua”. Expansión Mujeres. https://mujeres.expansion.mx/especiales/2021/10/13/brecha-salarial-sueldo-futbol-femenil-mexico

Sobre las autoras:
ELIÁN AVILA
Asociada en Mijares, Angoitia, Cortes y Fuentes, S.C., desde 2012, es Abogada por la Escuela Libre de Derecho, cuenta con diplomados en Protección de Datos Personales por la misma Escuela y por la Universidad Panamericana. Sus principales áreas de práctica son protección de datos, competencia económica y litigio en materia administrativa. Tiene amplia experiencia en juicios de amparo, en procedimientos contencioso-administrativos federales y locales, ante autoridades de protección de datos, administrativas, financieras, energéticas, fiscales, ambientales, de protección al consumidor y aeronáuticas.

AISHA CALDERÓN MOISÉS
Asociada en Mijares Angoitia, Cortés y Fuentes, S.C. desde 2014, es Licenciada en Derecho por la Universidad Panamericana, con especialidad en Derecho Administrativo por la misma Universidad; Maestra en Ciencias por la Universidad de Edimburgo, donde cursó la maestría en “Environmental Protection and Management”; su principal área de práctica es la de Energía, con un enfoque en temas relacionados con electricidad y medio ambiente. Es Coordinadora de la Práctica Pro Bono y forma parte del Comité de Diversidad e Inclusión de la Firma.
*Este artículo es publicado bajo la responsabilidad exclusiva de su autor(a) y no necesariamente refleja la posición de Abogadas MX.