
La fundación La Cana apoya a mujeres privadas de su libertad con herramientas que les permite generar una vida digna y productiva. Desde sus inicios, La Cana ayuda a la recomposición del tejido social, pagando por tejer.
El tejido es el medio que utiliza La Cana para involucrarse en la vida de las mujeres que se suman a su proyecto.
Las mujeres encarceladas sufren un doble castigo: por un lado, por haber violado la ley, y peor aún, por no haber cumplido con el rol de género esperado por la sociedad para una madre y una mujer. Este doble castigo no sólo se refleja en las reducidas visitas de familiares y parejas, sino también, y en muchos casos, en la delegación de la responsabilidad sobre los hijos en la mujer, aun estando privada de libertad .
La Cana nos consultó un asunto de una mujer había salido de prisión con el beneficio de libertad anticipada, pero que no tenía identificación. La llamaremos F. Nuestra labor parecía sencilla, realizar las gestiones que fueran necesarias para lograr que ella pudiera identificarse al igual que cualquier otra persona en libertad.
En el 2021, el 20.3% de la población de hombres privada de la libertad a nivel nacional señaló no estar participando en un programa educativo por falta de tiempo, mientras que el 19.7% de la población de las mujeres manifestó no estudiar por falta de documentos.
Entrevistamos a F, y nos platicó que quería su identificación para poder estudiar y encontrar un trabajo formal. En esa reunión, nos pidió que hiciéramos cualquier cosa menos acudir al INE, porque le habían dicho que si intentaba sacar su credencial de elector volvería a la cárcel.
Tomamos su caso y empezamos a realizar diversas gestiones para tramitar y obtener su identificación.
Empezamos con Relaciones Exteriores, pagamos el importe del pasaporte, llevamos todos los documentos que tenía F a su alcance, y nos dijeron que ninguno era suficiente para acreditar su identidad; presentamos certificados de primaria, secundaria y prepa -que había cursado en mientras estuvo privada de su libertad-, cartas donde se hacía constar que estaba tomando cursos, credencial que la acreditaba como empleada de La Cana, y toda la información que tuvo a su alcance para demostrar su identidad, pero aún así resultó insuficiente.
Al salir de una entrevista en esa dependencia y en la que no le permitieron estar acompañada, F nos reportó que la funcionaria que la había atendido, le había dicho que para poder tramitar su pasaporte debía esperar a terminar de compurgar su pena a la que le quedaban 8 años.
Acordamos que a la siguiente entrevista F iría sola pero no pudo entrar; le dio un ataque de pánico causado por el miedo de desobedecer lo que la funcionaria le había dicho y nos comentó que ya no quería seguir adelante con el trámite.
Esa actitud nos llenó de impotencia, como litigantes, buscamos ganar y lograr el objetivo que tenemos que cumplir, pero en este caso, F no quería seguir adelante, porque la hicieron sentir que -no tenía derecho- a su identificación.
Junto con la red de apoyo de la Cana, que está integrada por psicólogas, abogadas, y mucha gente entregada a la causa, logramos que F, siguiera adelante con el proceso.
Mientras llevábamos su asunto, F nos platicaba lo difícil que había sido para ella salir del círculo de violencia donde vivía, había entrado a la cárcel por ser parte de su barrio, en el cual recibía constantes amenazas de que perdería su libertad.
Nos compartió que, gracias a La Cana tenía independencia económica y pudo rentar -su rinconcito de paz- lejos de su barrio a pesar de que sus hijas querían seguir formando parte de esa comunidad, y con mucha entereza nos decía, al final es su decisión seguir ahí, yo lo único que puedo es enseñarles que se puede vivir en paz y empezar de cero.
Estudiando, conocimos el “Acuerdo del Consejo Nacional del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los mecanismos para garantizar el derecho a la identidad de las personas suspendidas en sus derechos político-electorales en acatamiento a la sentencia SCM-JDC-1050/2019 dictada por la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación” que en su capítulo II inciso c) prevé que se puede expedir una credencial para votar para ser utilizada únicamente como medio de identificación oficial.
Con ese fundamento, promovimos una nueva petición ante el juzgado, quien ordenó al Instituto Nacional Electoral que le expidiera su identificación a F.
Logramos la identificación de F; pero eso fue lo de menos, ella nos enseñó que para volver a la vida se necesita ser muy valiente.
Referencias:
https://www.unilim.fr/trahs/862
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/enpol/2021/doc/enpol2021_presentacion_nacional.pdf
https://sre.gob.mx/tramites-y-servicios/pasaportes?id=252
“II. Trámites para la obtención de la CPV, en donde se identifica que la o el ciudadano tiene antecedentes de suspensión de sus derechos político-electorales. Con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las personas suspendidas en sus derechos político-electorales, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores implementará los siguientes mecanismos: […]c) En caso de que la revisión del expediente y/o la respuesta del órgano jurisdiccional confirme que la o el ciudadano se encuentra suspendida(o) en sus derechos político-electorales, se procederá a generar la credencial para votar, para que pueda ser utilizada únicamente como medio de identificación.

Sobre la autora:
María Guadalupe Lecona García, obtuvo el título de Abogada en la Universidad Autónoma de Querétaro, (2007). Ha sido parte de García Alcocer, S.C. desde 2013, desarrollándose como litigante en materias civil y mercantil en la Ciudad de México y Querétaro.