
Recientemente, diversas discusiones han girado en torno a si, la implementación de jornadas laborales flexibles realmente eleva la productividad y aumenta la calidad de vida de los trabajadores, disminuyendo en gran medida los índices de estrés laboral, flexibilizando las cargas de trabajo y si también fomenta la inclusión de los empleados que, por diversas razones optan por no cumplir con una jornada laboral bajo un esquema tradicional de 8 horas.
Al respecto, de conformidad con cifras de la Organización Mundial de la Salud, el 75% de los empleados en México sufre algún tipo de estrés laboral, el cual a su vez es coadyuvante en el desarrollo de enfermedades físicas y mentales para los empleados mexicanos.
En adición, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico registra a México como uno de los países con jornadas más extensas de trabajo, con un promedio 2 mil 257 horas al año, en contraposición a la media internacional de mil 759, es decir, aproximadamente 28.31% más al promedio mundial.
Bajo este contexto, en octubre de 2018, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la NOM-035-STPS-2018, cuyo objetivo es identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial dentro de los centros de trabajo, entendiéndose a los mismos como:
“Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado”
La cual, si bien representa un esfuerzo importante en la prevención y reducción de las alarmantes cifras de estrés laboral que aquejan al país, prevé que la jornada laboral debe de cumplir con los estándares fijados dentro de la Ley Federal del Trabajo, la cual oscila entre las 7 y 8 horas diarias, considerando si dicha jornada es diurna, nocturna o mixta, dejando atrás la consideración de las jornadas laborales reducidas.
Hoy en día, los esquemas flexibles de trabajo cuentan con diversos entusiastas y expositores a nivel mundial, tales como Shimon Peres, exministro de Israel y Premio Nobel de la Paz, quien se ha pronunciado en diversas ocasiones respecto de los beneficios que puede traer que se reduzca la jornada laboral a 6 horas y Carlos Slim, quien también se ha pronunciado en varias oportunidades sobre las bondades que traería el contar con jornadas laborales de 3 días, esquema que podría también ayudar a combatir las cifras de desempleo en México.
Sin embargo, uno de los beneficios más importantes de implementar esquemas flexibles de trabajo, radica en que, a través de ellos se puede fomentar la inclusión y el desarrollo profesional de aquellos trabajadores que por situaciones personales deciden no desempeñarse dentro de una empresa durante un horario prolongado.
Si bien, a efectos de determinar si los esquemas flexibles de trabajo son eficaces para cada centro de trabajo y pueden representar un incremento en la productividad de los empleados, es necesaria una evaluación caso por caso, considero que, dentro del mercado legal, en especial dentro de las firmas legales, las ventajas de la implementación de este tipo de esquemas superan a los argumentos en contra, en especial, fomentando la paridad de género dentro de su equipo legal y empoderando a aquellas abogadas que, por cuestiones diversas deciden no desempeñarse dentro de un despacho durante largos periodos de tiempo.
Bajo este marco, de conformidad con cifras de la Universidad Nacional Autónoma de México, en 2017 el 51% de los egresados de la carrera de derecho eran mujeres, cifra que cae dramáticamente mientras analizamos cuántas, de ese 51% de mujeres abogadas, se encuentran ocupando posiciones de decisión dentro de firmas legales a nivel nacional.
Una de las principales razones para la existencia de ese techo de cristal dentro del ámbito legal es, sin duda alguna, la poca implementación de esquemas flexibles de trabajo, tales como esquemas de home office o jornadas reducidas dentro de las firmas legales, misma que trae como consecuencia que un gran porcentaje de abogadas renuncien a sus empleos para buscar oportunidades laborales que les brinden una mayor flexibilidad en sus horarios a efectos de poder desempeñarse también dentro de sus ámbitos personales y familiares.
Dado que, en la mayoría de los casos, para las firmas legales es más importante que sus abogados cumplan con los deadlines y desarrollen los asuntos y proyectos a su cargo con la mayor diligencia y con los mejores resultados posibles, a que permanezcan dentro de las instalaciones de la firma durante periodos prolongados, permitirle a aquellos abogados que ya no se encuentran en etapa de aprendizaje (tales como pasantes y asociados junior) el desarrollar sus labores con una mayor flexibilidad será un impulso para retener a sus abogados más talentosos, los cuales estarán balanceando su desarrollo personal y profesional mientras continúan cumpliendo con los objetivos a su cargo.
Al flexibilizar los esquemas de trabajo dentro de las firmas legales, los abogados contarán con un incentivo a continuar desempeñando sus servicios dentro del despacho en el que se encuentran, manteniéndolos motivados, y eliminando de manera sustancial la brecha que existe entre mujeres y hombres para ocupar posiciones decisivas, pluralidad que permitirá a las firmas legales tener un equipo de trabajo diverso, dinámico, motivado, eficiente y trabajando bajo esquemas modernos y vanguardistas.
Sobre el Autor: Fernanda Ramírez Hurtado es estudiante de la Escuela Libre de Derecho, actualmente se desempeña como pasante dentro de Galicia Abogados en el área de Infraestructura, y desde 2019 forma parte del Comité de Inclusión y Diversidad.